El nuevo Real Decreto 445/2023 modifica la actual Ley nacional de Evaluación de Impacto Ambiental estableciendo nuevos umbrales para que los diferentes proyectos tengan que someterse a Evaluación Ambiental Simplificada u Ordinaria.
Los cambios introducidos en los Anexos por esta nueva normativa, además de llevarse a cabo 10 días antes de las elecciones generales, introducen cambios esperados por el legislador europeo. Y en estos cambios existe un nuevo criterio bastante significativo que impone criterios de calidad y disponibilidad de agua para todos los proyectos (aunque antes de la modificación no les afectara la Ley de Evaluación).
Referencias:
📚 «El laberinto de la evaluación ambiental», con ENOCH MARTÍNEZ #22 https://www.podcastidae.com/energia-a-granel/el-laberinto-de-la-evaluacion-ambiental-con-enoch-martinez-22/
📚 Fragmentación de proyectos renovables #137 https://www.podcastidae.com/el-charco/fragmentacion-de-proyectos-renovables-137/
📚 Determinación de afección ambiental exiten #126 https://www.podcastidae.com/el-charco/determinacion-de-afeccion-ambiental-exiten-126/
📚 ¿Sirve para algo la Evaluación de Impacto Ambiental? #98 https://www.podcastidae.com/el-charco/sirve-para-algo-la-evaluacion-de-impacto-ambiental-98/
📚 Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12913
📚 Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-14047
Transcripción automática
[Música]
Qué pasa acabas de llegar a El charco un
podcast de opinión mi opinión sobre
medio ambiente soy Enoc Martínez
ambientólogo y profesional del medio
ambiente y hoy voy a opinar sobre
evaluación de impacto ambiental Pero
antes este podcast pertenece a
podcastidae la red de podcast de
ciencia medio ambiente y naturaleza y lo
puedes encontrar en el charco.es
[Música]
vamos a empezar haciendo un poco de
historia jurídica
de la ley de evaluación de impacto
ambiental actual
primero salió la directiva 2011 92 del
parlamento europeo y del consejo y en
2013 se traspuso en la normativa
española con la ley 21/2013 de
evaluación ambiental que es la
evaluación la normativa que tenemos
ahora en todo el estado la ley 21/2013
posteriormente salió la directiva 2014
52 vale que modificada la del 2011 Así
que digamos que se tenía que haber
transporto estas modificaciones y además
resulta que el legislador europeo no
estaba muy contento en Cómo se había
transpuesto la normativa en España y en
2015 y en 2017 Nos mandó un par de
cartas de emplazamiento porque
consideraban que umbrales del anexo 2 no
estaban bien justificados Esto luego lo
explico porque tiene amiga así que en
2018 se vuelve a modificar la ley de
evaluación Esta es la 21/2013 con
cambios importantes digamos no porque
cambios menores había habido en estos
años no y así lo más importante que yo
recuerdo de memoria esa modificación es
que no no permitía someter a la
evaluación de impacto ambiental
proyectos ya iniciados que si tú tienes
un proyecto que ya has empezado no y
tenías que haberte sometido a evaluación
de impacto ambiental no se permitía
digamos Primero te poníamos una sanción
la administración te ponía una sanción
pagabas lo que correspondiera
tomabas las medidas oportunas que
tuvieran puesto la sanción y luego ya
posteriormente se podría el proyecto
someter evaluación Este era yo creo que
de los más importantes
así que bueno desde el 2018 bueno
habíamos tenido algunas que ya he
explicado en algún Charco pero así
importantes ya está pero el pasado 13 de
junio salió una modificación de la ley
21/2013 de valoración de impacto
ambiental que llevaba años pendiente
vale digamos por estas estas cosas de la
Unión Europea que no estaba muy allá
había habido un proceso de consultas
hace tiempo pero no terminaba de salir
esa modificación que si supuestamente
seguía siendo por el mismo motivo que
decía antes de los umbrales de los
anexos
y ya te digo el día 13 de junio 10 días
antes de las elecciones generales se
publica y nos Pilla a todos por sorpresa
en las comunidades autónomas no teníamos
ni idea incluso funcionarios del propio
ministerio que se dedican a evaluación
tampoco tenían idea Así que vamos que
pilla un poco por sorpresa y sale este
nuevo real decreto real decreto 445 de
2023 y solamente se hace para modificar
los anexos de la ley de evaluación esto
que decía yo de los anexos
y qué es esto los anexos Pues de la ley
de evaluación ya te digo que he hablado
en otros podcast y dejo en las notas del
programa Así que voy a intentar no
repetirme pero eso Qué son los anexos de
la ley de igualación
Pues los anexos de la ley determinan el
tipo de proyectos que se tienen que
someter a este procedimiento de
evaluación de impacto ambiental porque
eso es esta ley un procedimiento vale
Y además Cuáles se tienen que someter a
una evaluación de impacto ambiental
simplificada y cuál es una evaluación de
impacto ambiental ordinaria que como te
puedes imaginar la ordinaria es más
compleja y Lleva más tiempo que la
simplificada así que por pura lógica los
proyectos que potencialmente sean más
contaminantes tendrán que ir por la
ordinaria y los que no pues por la
simplificada
Así que los anexos 1 y 2 son no son más
que digamos umbrales vale Qué tipo de
umbrales Pues mira te pongo un ejemplo
muy sencillo
literal lo que pone en un ejemplo el
anexo 1 cualquier proyecto que suponga
un cambio de uso de suelo en una
superficie igual o superior a 100
hectáreas si es así es ordinaria Ya está
no tiene más te vas a la simplificada y
dice cualquier anexo 2 cualquier
proyecto que suponga un cambio de uso
del suelo en una superficie igual o
superior a 50 hectáreas ya está
simplificada quiere decir si es de menos
de 50 hectáreas en principio a no ser
que cumpla otro criterio no lleva
evaluación si es más de 50 simplificadas
y más de 100 ordinaria ya está
Aunque la verdad que no siempre Los
criterios son tan fáciles de aplicar
Pero bueno he elegido uno fácil para que
te hagas una idea
bien pues como he dicho este real
decreto cambia los anexos 1 y 2 algunos
cambios interesantes del anexo 1 de
estos de la ordinaria pues por ejemplo
todos los proyectos eólicos en espacios
protegidos tienen que pasar ordinaria
antes dependía de un cierto tamaño vale
o instalaciones fotovoltaicas de más de
10 hectáreas en espacios protegidos vale
algún cambio interesante en el anexo 2
ya te digo que es la tramitación
simplificada pues por ejemplo proyectos
de concentración parcelaria antes de
enviar el tamaño pues ya está o por
ejemplo muchas industrias de productos
alimentarios antes dependía del tamaño
de la producción de esas industrias o
por ejemplo todos los proyectos eólicos
Si no estaban ya dentro de la ordinaria
y se efectúan por ejemplo los de
autoconsumo pues este es en el tipo de
cosas que ha cambiado ese real decreto
445 aunque ya digo que es bastante hay
que mirarlo con lupa
y además este real decreto 445 introduce
cambios en el anexo 3 Ajá qué son estos
cambios de la anexo 3 pues hasta ahora
el anexo 3 eran los criterios nada
específicos para valorar si un proyecto
concreto en lugar de simplificada debía
pasar ordinaria Pues porque aunque
estuvieran el anexo 2 en cuanto a los
umbrales pues se consideraba que cumplía
unos criterios que lo hacía
potencialmente impactante en el
territorio y se justificaba y se hacía
ordinaria en lugar de simplificada vale
que está muy bien desde el punto de
vista ciudadano y de conservacionista
porque aunque un proyecto por Los
criterios claros pudiera ser
simplificada pues si se detectaba que
era un proyecto muy contaminante muy
impactante Pues bueno lo que fuera se
pasaba ordinaria Ok perfecto
pero ahora ese anexo 3 se ha vuelto
mucho más determinante vale tienes un
apartado a que es más o menos lo que
había antes Pero además se ha metido un
apartado B
que está muy bien este apartado B que
dice pues establece unos criterios
generales para someter evaluación
Ambiental simplificada de proyectos
situados por debajo que los umbrales del
anexo 2 quiero decir proyectos que no
tendrían que pasar evaluación ni
siquiera simplificada por estos
criterios pueden tener que someterse
aunque no cumpliera Ninguno de los de
Los criterios vale
y cuáles son estos estos criterios para
someterse pues por ejemplo que estén en
zonas protegidas Red Natura 2000 y los
pájaros de la biosfera etcétera etcétera
por ejemplo proyectos que se solapen con
infraestructura verde como corredores o
conectores ecológicos o por ejemplo
áreas críticas de alguna especie Bueno
pues ahí está perfecto o una tercera
opción proyectos que cuando empiecen a
funcionar Tomen agua de masas de agua
superficial formalmente declaradas en
mal estado o masas de agua subterránea
en mal estado cuantitativo o masas de
agua de zonas protegidas por la
directiva 2060 que es la de política de
aguas
Así que vemos que nos hemos sacado de la
manga este nuevo anexo que puede cambiar
cualquier proyecto y pasar a ordinaria o
a simplificada y esto último que hemos
visto de protección de agua afecta
absolutamente a todos los proyectos
porque habla de cualquier proyecto que
consuma agua
imagínate cualquier proyecto de consumo
y además esto introduce una derivada
inesperada hasta ahora las comunidades
autónomas eran competentes para decir si
un proyecto debía someterse a evaluación
de impacto ambiental por supuesto con
las salvaguardas oportunas por supuesto
de acuerdo a la ley lo que quieras
porque es que las competencias medio
ambiente están transferidas pero ahora
quien tiene la última palabra son las
confederaciones hidrográficas que son
las que determinan estos parámetros que
te dan de las masas de agua puesto que
algunos de otros parámetros son tan
complejos que hay que directamente
preguntar a la confederación sí o sí
Así que como resumen con este nuevo real
decreto se introducen cambios pendientes
que nos exigían a la Unión Europea que
son bastante garantistas A mi parecer y
que introducen una nueva complejidad en
los trámites relativa a la
disponibilidad de agua que me parece
perfecto Me parece bien pero no sé si en
el Ministerio se dieron cuenta de lo que
iba a suponer estos cambios
y bueno no te he contado los cambios que
introducen las normativas autonómicas
porque cada autonomía tiene normativas
más exigentes que la propia ley de
evaluación impacto ambiental nacional
que con este nuevo real decreto es
posible que hayan que sufrir cambios y
todas las comunidades autónomas imagino
que Irán poco a poco cambiando sus
correspondientes leyes Así que esto
traerá Cola y bueno así ya llegamos al
final de este programa ha sido un poco
duro un poco hard pero para temas más
sencillos y cortitos ya tenemos los
programas de lunes a jueves Así que nada
Este ha sido el charco de este viernes
si alguien te pregunta no lo dudes te lo
dijo enochmm
nos escuchamos
[Música]
[Aplausos]
[Música]
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